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Colombia

Calculadora de retención en la fuente por salarios 2026

La retención en la fuente por salarios es un anticipo del impuesto de renta que la empresa te descuenta cada mes. Se calcula con la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario, en UVT (hoy una UVT vale $ 52.374).

Esta calculadora usa el procedimiento 1, el que aplican la mayoría de empresas, y resta tus aportes, deducciones y la renta exenta de trabajo.

Datos oficiales actualizados

Datos verificados en Presidencia de la República y Ministerio del Trabajo, Congreso de la República, Presidencia de la República y DIAN, actualizado el .

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Tus datos

Salario, horas extra, comisiones y bonificaciones del mes.

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Cómo se calcula

  1. Se parte de tus pagos laborales del mes.
  2. Se restan tus aportes obligatorios a salud y pensión, porque no pagan impuesto.
  3. Se restan las deducciones: hasta el 10% por dependientes (con tope de 32 UVT al mes) y la medicina prepagada (hasta 16 UVT al mes).
  4. Se resta la renta exenta de trabajo: el 25% de lo que queda, con un tope de 790 UVT al año.
  5. Deducciones y rentas exentas juntas no pueden pasar del 40% ni de 1.340 UVT al año. Los topes anuales se dividen por 12 para el mes.
  6. La base que queda se pasa a UVT ($ 52.374) y se aplica la tabla del artículo 383. El resultado en UVT se vuelve a pasar a pesos.

Un ejemplo

Con pagos de $8.000.000 al mes en 2026 y sin dependientes, se restan $720.000 de aportes y $1.820.000 de renta exenta. La base queda en unas 104 UVT y la retención del mes es de $92.049.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué salario me hacen retención en la fuente?

Depende de tus deducciones. Hay retención cuando la base que queda, después de restar aportes, deducciones y la renta exenta, pasa del primer tramo de la tabla del artículo 383, que no paga nada.

¿Qué es el procedimiento 1?

Es el cálculo mes a mes con los pagos de ese mes. El procedimiento 2 usa un porcentaje fijo que se calcula dos veces al año.

¿Quién cuenta como dependiente?

Tus hijos de hasta 18 años, tus hijos de 18 a 25 años si les pagas la educación superior, y tu pareja o tus padres si dependen de ti, entre otros casos (artículo 387 del Estatuto Tributario). Le entregas los soportes a la empresa.

¿Puedo pedir que me retengan más?

Sí. Puedes pedirle a la empresa por escrito una tarifa más alta. Se aplica desde el mes siguiente (artículo 383, parágrafo 3).

¿La retención es lo mismo que el impuesto de renta?

No. Es un anticipo. En tu declaración de renta se descuenta lo que ya te retuvieron.

Palabras clave

UVT
Unidad de Valor Tributario. Hoy vale $ 52.374.
Renta exenta
Parte de tu ingreso que la ley libera del impuesto.
Deducción
Un gasto que la ley te deja restar de la base, como los dependientes o la medicina prepagada.

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