Ir al contenido

República Dominicana

Calculadora de prestaciones laborales en República Dominicana

Las prestaciones laborales en República Dominicana son el preaviso, el auxilio de cesantía, las vacaciones no tomadas y la regalía proporcional. Cuáles te tocan depende de cómo terminó tu contrato.

Si te desahuciaron o te despidieron sin causa justa, te tocan preaviso y cesantía. Si renunciaste, cobras vacaciones y regalía proporcional.

Datos oficiales actualizados

Datos verificados en Ministerio de Trabajo, actualizado el .

Ver todas las fuentes

Tus datos

Suma lo que ganaste en los últimos 12 meses (sin horas extra ni regalía) y divídelo entre los meses trabajados. Si siempre ganaste lo mismo, pon tu salario.

Solo cuenta en el desahucio. Si te avisaron con los días que manda la ley, el preaviso no se paga.

Resultado

Completa los datos y toca Calcular para ver cuánto te corresponde.

Cómo se calcula

  1. Tu salario diario es el promedio mensual del último año dividido entre 23.83.
  2. Preaviso: 7 días de 3 a 6 meses, 14 días hasta un año y 28 días después del primer año. Si te avisaron a tiempo, no se paga.
  3. Cesantía: 6 días de 3 a 6 meses y 13 días de 6 meses a un año.
  4. Desde el primer año son 21 días por año trabajado. Con 5 años o más, 23 días por año. Si el último año pasa de 3 meses, se suma esa fracción.
  5. Vacaciones: las vencidas que no tomaste, más las del último año incompleto según la escala del artículo 180.
  6. Salario de Navidad: la parte proporcional al tiempo trabajado en el año.

Un ejemplo

Si trabajaste del 1 de marzo de 2021 al 30 de septiembre de 2026 con RD$40,000 al mes y te desahuciaron sin preaviso, te tocan 28 días de preaviso, 128 de cesantía, 7 de vacaciones y RD$30,000 de regalía. En total, RD$303,605.28.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las prestaciones laborales?

Divides tu salario promedio del último año entre 23.83 y lo multiplicas por los días de preaviso y cesantía que te tocan según tu antigüedad. A eso se suman las vacaciones pendientes y la regalía proporcional.

¿Me toca cesantía si renuncio?

No. La cesantía se paga cuando el empleador termina el contrato sin causa justa. Al renunciar cobras vacaciones y salario de Navidad proporcional.

¿En cuánto tiempo me tienen que pagar las prestaciones?

En 10 días desde que termina el contrato. Si se atrasan, el empleador debe sumar un día de salario por cada día de retraso.

¿Las prestaciones pagan ISR?

El preaviso y la cesantía no pagan impuesto sobre la renta. La regalía tampoco.

¿Qué es la dimisión?

Es cuando tú terminas el contrato por una falta del empleador. Si un tribunal la declara justificada, te corresponde lo mismo que en un despido injustificado.

¿Por qué mi cálculo da distinto al del Ministerio de Trabajo?

Revisa el salario promedio y las fechas. También puede cambiar la forma de contar las vacaciones del último año. Ante una diferencia, consulta en el Ministerio de Trabajo.

Palabras clave

Preaviso
Aviso anticipado del fin del contrato. Si no se da, se paga en dinero.
Auxilio de cesantía
Pago por los años trabajados cuando el empleador termina el contrato sin causa justa.
Desahucio
Terminar el contrato sin alegar una causa. Si lo hace el empleador, debe pagar preaviso y cesantía.
Dimisión
Terminar el contrato tú, por una falta del empleador.

Otras calculadoras

La misma cuenta en otros países