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Costa Rica

Cálculo de cesantía en Costa Rica

La cesantía en Costa Rica se paga con 7 días de salario desde los 3 meses de trabajo y, desde el primer año, con los días por año de la tabla del artículo 29, hasta un máximo de 8 años.

Le toca si lo despiden sin justa causa. Escriba su salario promedio y sus fechas: le mostramos cuántos días le corresponden y el monto del auxilio de cesantía.

Datos oficiales actualizados

Datos verificados en Poder Ejecutivo y Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Asamblea Legislativa, actualizado el .

Ver todas las fuentes

Sus datos

Bruto, con horas extra y comisiones incluidas.

Resultado

Complete los datos y toque Calcular para ver cuánto le corresponde.

Cómo se calcula

  1. Con 3 a 6 meses de trabajo: 7 días de salario. Con más de 6 meses y menos de un año: 14 días.
  2. Desde un año, cada año trabajado o fracción mayor de seis meses cuenta como un año.
  3. Según esos años, la tabla de cesantía da los días por año: 19,5 días el primer año, 21,24 días con cinco años, 22 días con ocho y 20 días desde el año trece.
  4. Los días por año se multiplican por los años, con un máximo de 8 años.
  5. El resultado se multiplica por su salario diario: el promedio de los últimos seis meses dividido entre 30 días.

Un ejemplo

Con 5 años y 7 meses trabajados y un salario promedio de ₡600.000, cuentan 6 años. La tabla da 21,5 días por año: 129 días. A ₡20.000 por día, la cesantía es ₡2.580.000.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de cesantía me tocan por año?

Depende de su antigüedad: 19,5 días por año con un año, 21,24 días con cinco y 22 días con ocho. La calculadora busca su fila en la tabla.

¿Por qué con más de ocho años no sube la cesantía?

Porque el artículo 29 solo indemniza los últimos ocho años de la relación laboral. Lo que cambia con más antigüedad son los días por año de la tabla.

¿Qué pasa con los meses que sobran del último año?

Si pasan de seis meses, cuentan como un año completo. Si son seis meses o menos, el texto del artículo 29 no les da días extra.

¿Si renuncio me pagan cesantía?

No. La cesantía se paga cuando el despido es sin justa causa o por otra causa ajena a su voluntad. Al renunciar recibe las vacaciones y el aguinaldo proporcional.

¿Me pagan cesantía si me pensiono?

El artículo 29 la reconoce también cuando el contrato termina por una causa ajena a la voluntad de la persona trabajadora. Si es su caso, consulte en el Ministerio de Trabajo.

Palabras clave

Auxilio de cesantía
Nombre legal de la indemnización por despido sin justa causa.
Salario promedio
El promedio de lo ganado en los últimos seis meses, con horas extra y comisiones.

Otras calculadoras

La misma cuenta en otros países